Conforme a los razonamientos tanto de hecho como derechos previamente expuestos, este Tribunal  de  Primera  Instancia  en  Funciones  de  Juicio Nº 3,  en  NOMBRE  DE  LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Actuando de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 330 ordinales 2º y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió la Acusación presentada por el Fiscal Primero (A) del Ministerio Público en contra del acusado OMAR JOSE PEREZ SANCHEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 21 de Septiembre de 1979, de 27 años de edad, de profesión u oficio jardinero, Titular de  la Cédula de Identidad Nº 15.005.482, domiciliado en la calle Libertad,   casa   Nº 17-28,  cerca  de  la  Biblioteca,  El  Copey, La Asunción, Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en e.....