Este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley, NIEGA LA MEDIDA SOLICITADA DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA POR NO ESTAR CUMPLIDOS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 493 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, a JULIO DEL VALLE SALAZAR, cedula de identidad numero V-15.554.093. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA, NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
Cumplase.