este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones, Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JESUS RAFAEL ARROYO FUENTES, a los ciudadanos ERIKA DEL JESUS ARROYO CASTILLO, MARIANI DEL CARMEN ARROYO CASTILLO, MARIANGEL DEL VALLE ARROYO CASTILLO y JESUS MANUEL ARROYO CASTILLO, venezolanos, mayores edad, titulares de la cedula de identidad Nº 17.848.086, Nº 17.848.087, Nº 19.683.750 y Nº 22.650.105 respectivamente, en su condición de hijos del mencionado finado.
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de los finados, no hayan sido incluidos como tales en la presente solici.....