este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, declara SIN LUGAR la oposición realizada por el tercero interesado. Así se declara.-
Ahora bien, analizado las pruebas promovidas por la parte recurrente por el profesional del derecho JULIO CESAR VÁSQUEZ, inscrito en Instituto de Previsión del abogado bajo el Nro. 161.320, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana JENNIFER CAROLINA MUÑOZ PINTO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.160.839, junto con su escrito libelar y ratificadas en la audiencia de juicio, este Juzgado, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, por considerar que las mismas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes o inconducentes de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Igualmente, visto que en la audiencia .....