"PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana YSANDRA MERCEDES LOPEZ RAMOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº: V-14.543.873, asistida por el abogado, Teodoro Rojas, inscrito en el IPSA bajo el N° 134.307, en contra del ciudadano LIVAN DIOGO GONZALEZ, cubano, mayor de edad, de este domicilio, y titular del pasaporte N° O-846048, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referidas al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos, LIVAN DIOGO GONZALEZ e YSANDRA MERCEDES LOPEZ RAMOS, ante el Registro Civil del Municipio Díaz de este estado, inserto en acta bajo el N° 40, folio 450 y Vto., en el Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2006."