De conformidad con el tercer aparte del art.151 LOPT el tribunal procede a dictar y publicar el fallo en la presente causa en virtud de la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia oral y púlbica, en los siguinetes términos: 1. Parcialmente Con Lugar la demanda: 2. Sin Lugar la Solidaridad planteada por la parte actora. 3. se condena a la accionada SIGLO XXI, pagar al accionante la cantidad de Bs. 26.638.66, por los conceptos establecidas en la motiva de la presente decisión. 4. se ordena la cancelación de los interes sobre prestaciones sociales en base al monto condenado a pagar, interes moratorios e indexacción. 5. No hay condenatoria en Costa