En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano OMAR JOSE ALFONZO VELASQUEZ presentada por la ciudadana IRMA GOMEZ de ALFONZO sobre el acta asentada en fecha 22-07-13, bajo el Nº 812, folios 76, correspondiente al año 2013 de los libros de registro civil de defunciones llevados al efecto por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena corregir el error alegado en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee: "que el difunto tenía cincuenta y nueve años de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.654.805, de profesión Vigilante de Tránsito, de nacionalidad Venezolana, residenciada Av. 31 de Julio Manzanillo Municipio Antolín del Campo, cónyuge de Máxima Ramona Quijada", debe decir... "que el difunto tenía cincuenta y nueve años de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.654.805, de profesión Vigilante de.....