VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL MUNICIPAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se Declara Con Lugar el Recurso de Revocación, ejercido por el Abogado Hernán Linares, en su condición de Representante Legal de la Ciudadana Sabina Molinelli, víctima del presente proceso penal, instruido en contra de las Ciudadanas Ymaru José Navas Figuera y Eriana Yoely Peña, de conformidad con el contenido de los artículos 436 y 438 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 365 y 367 ejusdem. SEGUNDO: Se acuerda fijar el acto de la Audiencia Preliminar para el día seis (06) de septiembre de 2016, a las 11:45 horas de la mañana, debiéndose entender fijado éste como por primera vez, encontrándose incólume el derec.....