PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana LUISA ELENA TORRES DE VILLEGAS... ASISTIDA por el Abg. CHAMMEL ARANGUREN... contra el ciudadano ALONSO ALBERTO VILLEGAS ROJAS... con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida a Abandono Voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del Estado Barinas, cuya acta esta insertada bajo el N° 209 del Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondientes al año 1992.
SEGUNDO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza del niño IDENTIDAD OMITIDA..., de 3 años de edad, será ejercida por ambos padres, de conformidad con lo establecido en los artículos 349, 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
TERCERO: En cuanto al atributo de la Responsabilidad de Crianza denominado CUSTODIA, lo ejercerá la madre del niño, ciudadana LUIS.....