Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, se declara CULPABLE al acusado: ANTONIO RAMON DIAZ GONZALEZ, venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 30 de octubre de 1982, de 23 años de edad, de oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.113.666, con residencia en Aricagua, Calle Las Flores, casa s/n, de color blanco con rejas negras, Municipio Antolin del Campo, estado Nueva Esparta, y en consecuencia, se CONDENA, a cumplir la pena de CARLOS FERNANDEZ ROA, venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.652.6.....