En consecuencia se decreta  la  apertura al juicio oral y privado  de la presente causa y se emplaza  a las partes que concurran  ante el juez de Juicio de esta Sección de Adolescentes, dentro de un lapso  común de cinco días  siguientes a la notificación. Regístrese, Diarícese y déjese copia del presente Auto. Cúmplase lo Ordenado.
LA JUEZ DE CONTROL N 02,
Dra. Petra Maria Marcano de Cerrada.
LA SECRETARIA,
Dra. Tamara Ríos Pérez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
                                                                              LA   SECRETARIA
                                                                    
 Dra. Tamara Ríos Pérez   
EXP N° 2Co.380/03