En virtud de ello al verificarse que se han realizado mas de tres convocatorias efectivas para la Constitución del Tribunal Mixto y no han comparecido el número necesario de candidatos a escabinos para su constitución, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 164 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, esta juzgadora procede a CONSTITUIR EL TRIBUNAL DE FORMA UNIPERSONAL, asumiendo el conocimiento de la totalidad del proceso. A tal efecto se fijará por auto separado la fecha y hora en que se llevará a cabo el Juicio Oral y Público en la presente causa. Notifíquese a las partes y librese los oficios a que haya lugar.CÚMPLASE.