REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 2

Tribunal Penal de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 18 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-000389
ASUNTO : OP01-P-2007-000389

Por cuanto la Abg. Jessybel Bello ha sido designada para cubrir la vacante temporal por vacaciones del la Abg. Thais Aguilera es por lo que se se aboca al conocimiento de la causa y revisada las presentes actuaciones se evidencia que se han realizado más de varias convocatorias efectivas para Constituir el tribunal Mixto, sin que hasta la presente fecha se haya logrado la constitución del Tribunal, debido a causas no imputables a este Tribunal.

Así las cosas, el proceso en fase de juicio se encuentra en trámites desde la fecha 12 de junio de 2007, y hasta la presente fecha no se ha constituido el mismo.

El tal sentido, tenemos que con la novísima reforma del Código Orgánico Procesal Penal, el Artículo 164, señala lo siguiente: “El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y se constituirá definitivamente el tribunal mixto…”
“Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el juez o jueza profesional constituirá el tribunal en forma unipersonal…”

En virtud de ello al verificarse que se han realizado mas de tres convocatorias efectivas para la Constitución del Tribunal Mixto y no han comparecido el número necesario de candidatos a escabinos para su constitución, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 164 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, esta juzgadora procede a CONSTITUIR EL TRIBUNAL DE FORMA UNIPERSONAL, asumiendo el conocimiento de la totalidad del proceso. A tal efecto se fijará por auto separado la fecha y hora en que se llevará a cabo el Juicio Oral y Público en la presente causa. Notifíquese a las partes y librese los oficios a que haya lugar.CÚMPLASE.

LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO Nº 2

ABG. JESSYBEL BELLO



EL SECRETARIO,

ABG. JEAN CARLOS QUINTERO



12:51 PM


Tribunal Penal de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 18 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-000389
ASUNTO : OP01-P-2007-000389

Por cuanto la Abg. Jessybel Bello ha sido designada para cubrir la vacante temporal por vacaciones del la Abg. Thais Aguilera es por lo que se se aboca al conocimiento de la causa y revisada las presentes actuaciones se evidencia que se han realizado más de varias convocatorias efectivas para Constituir el tribunal Mixto, sin que hasta la presente fecha se haya logrado la constitución del Tribunal, debido a causas no imputables a este Tribunal.

Así las cosas, el proceso en fase de juicio se encuentra en trámites desde la fecha 12 de junio de 2007, y hasta la presente fecha no se ha constituido el mismo.

El tal sentido, tenemos que con la novísima reforma del Código Orgánico Procesal Penal, el Artículo 164, señala lo siguiente: “El día señalado se realizará la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y se constituirá definitivamente el tribunal mixto…”
“Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el juez o jueza profesional constituirá el tribunal en forma unipersonal…”

En virtud de ello al verificarse que se han realizado mas de tres convocatorias efectivas para la Constitución del Tribunal Mixto y no han comparecido el número necesario de candidatos a escabinos para su constitución, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 164 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, esta juzgadora procede a CONSTITUIR EL TRIBUNAL DE FORMA UNIPERSONAL, asumiendo el conocimiento de la totalidad del proceso. A tal efecto se fijará por auto separado la fecha y hora en que se llevará a cabo el Juicio Oral y Público en la presente causa. Notifíquese a las partes y librese los oficios a que haya lugar.CÚMPLASE.

LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO Nº 2

ABG. JESSYBEL BELLO



EL SECRETARIO,

ABG. JEAN CARLOS QUINTERO



12:51 PM