Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la demanda de COLOCACION FAMILIAR incoada por BEATRIZ DEL VALLE SILVA MARRERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-9.307.171, asistida por el abogado Larker Pérez inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.772.
Expídanse las copias que soliciten las partes interesadas, así como devuélvanse los documentos originales dejando en su lugar copias certificadas de los mismos.