Solicito a este Tribunal practique una Inspección Judicial en las parcelas de terreno objeto de la presente demanda para los fines de constatar los linderos y coordenadas para ratificar las delimitaciones de dicha propiedad. Con relación a la prueba de inspección judicial promovida por la parte actora observa está Instancia Agraria que al no haber sido tachado ni impugnado en forma alguna por el adversario, de conformidad con lo previsto en el artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se Admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, de conformidad con lo previsto en el artículo199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se fija para el día lunes 30 de Noviembre de 2015, a las 9:00 a.m., la realización de la Inspección Judicial acompañado de un experto con conocimiento y experien.....