Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL UNIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 1 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano SERGIO RAMON HERNANDEZ MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 3.969.174, residenciado en la Avenida Guayacán, Edificio Los Sauces, apartamento 65-A, Costa Azul, Nueva Esparta, por la comisión del delito de INJURIA, previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Claret Raúl Graziani Fernández, y en consecuencia se CONDENA a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION y cumplir con una MULTA DE CINCUENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (50U.T.), mas las penas accesorias de ley, establecida en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se exonera al pago de las costas procesales al ciudadano condenado, de conformidad con lo estab.....