se constituyó en un inmueble conformado por una (1) Casa tipo unifamiliar, ubicada en El Maco Arriba Calle Principal, casa S/N, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta; estando en dicho sitio se abrió el acto y se encontraba presente la ciudadana Narcisa Peña, identificado con la cédula de identidad Nro. 2.094.662; a quien se le notificó de la misión del Tribunal previa lectura del exhorto que encabeza las presentes actuaciones. Quien manifiesta ser la única ocupante del inmueble y que el ciudadano Antonio José Mata Millán, no habita el inmueble actualmente. En este estado el apoderado judicial de la parte actora Doctor Rómulo Rivero Ortega, antes identificado expone: Por cuanto se evidencia que la ocupante del inmueble ciudadana Narcisa Peña, antes identificada esta en proceso de mudanza. Solicito respetuosamente del Tribunal se abstenga de practicar la medida de secuestro ordenada por el comitente y en consecuencia le concedo un plazo de tres días, es decir hasta el día Jueves 20-05.....