QUINTO
DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal de Control N..01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en los artículos 583 y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, hace los siguientes pronunciamientos: Condena al adolescente XXXXXXXXXX, plenamente identificado, por la comisión de los delitos de HURTO AGRAVADO que encuadra dentro de los supuestos del Artículo 454 ordinal 8° del Código Penal y por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION establecido en el Artículo 454 ordinal 8° del Código Penal en concordancia con lo establecido en el articulo 80 ejusdem, es así como le impone el cumplimiento simultáneo de las sanciones siguientes: 1.-) IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Or.....