En atención a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ABSTIENE DE ADMITIR LA PRESENTE DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada en fecha 18 de junio de 2012, por los ciudadanos EUDYS JOSEFINA RODRÍGUEZ DE LÓPEZ, EMILIANO RODRÍGUEZ y COSME ADOLFO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.476.401, V-4.652.309 y V-3.822.265, representados judicialmente por los Abogados FRANK JOSE BRITO YNDRIAGO, RODOLFO ENRIQUE CARABALLO NARVAEZ, SANIRA VIRGINIA MOYA MALAVE, ELADIO RAFAEL MOYA HERNANDEZ, MIGDALIS JOSEFINA MOYA ALCANTARA y LUCIA ELENA PEÑA DE CASTILLO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo los Nros. 100.844, 44.169, 111.450, 14.603, 161.346 y 118.670, respectivamente, contra los ciudadanos LU.....