Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada PATRICIA RIBERA, Defensora Pública Penal Nº 02, especializada en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Anula parcialmente el pronunciamiento tercero de la decisión recurrida dictada en fecha 11/09/2010, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 1 de la sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, únicamente en relación a la medida contenida en los literales B, C, D Y F del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quedando por tanto, vigente la medida contenida en el literal "C" del citado artículo, en los términos establ.....