DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR: La demanda intentada por DESALOJO incoada por el Abogado en Ejercicio OMAR NARVAEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.439, quien actúa en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VICENZO DI LEO, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-82.165.532, contra la ciudadana NAIL JOSEFINA SALAZAR CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.630.377.
SEGUNDO: Hacer la entrega material del inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 4-A, ubicado en el Edificio Santiago Mariño, de la Avenida Santiago Mariño en la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, libre de Bienes y Personas.
TERCERO: Se condena a la ciudadana NAIL JOSEFINA SALAZAR CARRASCO, venezolana, m.....