Por todos los argumentos antes mencionados, la Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Andrés Enrique Matos, en su carácter de Representante de la víctima, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de octubre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, que negó la entrega del bien mueble constituido por la embarcación de nombre JOB, cuyas características son: buque tipo velero de bandera Canadiense, matricula 825644, a la ciudadana ELISE ROTHMAN D´HAUTHUILLE.
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 02 de octubre de 2009, Así se declara.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....