"...esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: HOMOLOGAR el Desistimiento planteado por los NELSY VERONICA MORENO HERNANDEZ y GUSTAVO ALONSO RAMIREZ ARISMENDI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° 19.116.385 y 12.672.042 respectivamente, asistidos de los Abg. Sandra Villaba y Eduardo Jiménez, Inpreabogados N° 14.427 y 45.785 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por lo cual se ordena el archivo y cierre de la presente causa....."