Por todos los razonamientos antes expuestos, la Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Privada Abogada Monserrat Elizabeth Pallares Tejera, a favor de su defendido Álvaro Eduardo Cañón Rodríguez, ut supra identificado.-
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 28 de mayo de 2009, que acordó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena a favor del penado Álvaro Eduardo Cañón Rodríguez, quien quedó sometido por el lapso de dos (02) años al régimen de prueba y condiciones impuestas en el citado auto, y así se declara.
TERCERO: Se insta al Juzgado de Ejecución Único de este Circuito Judicial Penal, a la corrección del cómputo de pena realizado en el presente asunto, tendiente a evitar in.....