En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento a las consideración que han quedado explanadas en el cuerpo del presente fallo, declara:--------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Desalojo instauró la ciudadana MARTHA LUNA DE PERAZZO en contra de la ciudadana LIGIA ELENA QUINTERO ARIAS, plenamente identificadas. -------------------------------------
SEGUNDO: ACUERDA el desalojo del inmueble objeto de la relación arrendaticia, constituido por un bien inmueble propiedad de la demandante conformado por una casa situada en la planta alta de una edificación de tres (3) pisos, ubicada en la Calle Luis Ortega con Calle Antonio Díaz de la ciudad de Pampatar, .....