"...esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, tomando en cuenta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 78, la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, cual es el Interés Superior del Niño consagrado en el Artículo 3 numeral 1° y 2° de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes HOMOLOGA en todos y cada uno de sus términos el presente ACUERDO TOTAL con relación a la solicitud de Obligación de Manutención y de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar..."