VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se declara Con Lugar, la solicitud formulada por la representación de la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del estado Nueva Esparta y en consecuencia, se Autoriza la Destrucción y / o Incineración de un (01) gramo con ciento veinte (120) miligramos de la sustancia conocida como Clonazepam, la cual se encuentra señalada en la experticia Química, signada con el número 356-1741-084-15, de fecha 07-07-2015, realizada por los expertos Carlos Hernández y Oryeline Peña, adscritos al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses. SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Oficina Nacional Antidrogas (ONA) con sede en el estado Nueva Esparta, a los f.....