esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por el ciudadano JULIO CESAR ROSAS LEÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-24.719.445; a favor de la adolescente (OMITIDO CONFORME A LA LEY), quien cuenta con doce (12) años de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-28.022.152. SEGUNDO: AUTORIZAR al ciudadano JULIO CESAR ROSAS LEÓN, antes identificado, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del PASAPORTE que requiere la adolescente (OMITIDO CONFORME A LA LEY), titu.....