Por lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda que por DESALOJO JUDICIAL, sigue la ciudadana LOURDES VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.940.286, contra el ciudadano LUIS MORON, titular de la cédula de identidad número V-10.786.323, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA. .-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Mu.....