y efectuada la revisión a las actas y documentos que conforman la presente Solicitud, este Juzgado Agrario ADMITE la presente Solicitud de Inspección Judicial -sin juicio-, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y ordena que se sustancié de acuerdo a lo establecido en los artículos 2, 197, numeral 15 y 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en consecuencia acuerda que se practique la Inspección Judicial solicitada para el día viernes 18/07/2014, a las 09:00 a.m., de conformidad con lo previsto en el artículo 1.429 del Código Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 472 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, sobre el lote de terreno antes referido, a los fines de dejar constancia de los particulares especificados en el escrito de Solicitud de Inspección Judicial. Líbrese el Oficio respectivo a la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, adscrita al Instituto Nacional de Tierras.....