Por los fundamentos de hecho y de derecho expuesto este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de Ley DECRETA el ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, cuyo efecto jurídico comporta el CESE INMEDIATO DE TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS, dictada en Decisión de fecha 06 de febrero de 2013; en contra de los ciudadanos JORGE ALBERTO MATA RODRIGUEZ, Venezolano, natural del estado Zulia, de 54 años de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nº V-5.473.007, domiciliado en la Guardia, Calle la Salina, Casa sin numero de color verde, a dos casas de una bodega "señora Yiya" Sector Piedras negras, población, jurisdicción del municipio Díaz del este estado, y MARIA MARGARITA CARABALLO RIVAS, Venezolana, natural la Asunción, estado Nueva Esparta, de 39 años de edad, de profesión u oficio ama de casa, titular de la c.....