De acuerdo a lo anterior, este tribunal aprueba la partición en los términos en que fue realizada por los ciudadanos RICHARD ISMAEL GUEVARA SALAZAR y YANIRA ELENA SEMECO FERNANDEZ, conforme al articulo 788 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia, le imparte la correspondiente homologación debiendo tenerse la misma como autoridad pasada de cosa juzgada y ordena en su oportunidad el archivo del expediente.
EL JUEZ,
Dr. LEONARDO IRIBARREN URDANETA LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. AYLEEN PEREZ BIANCO.
VC*
EXP. Nº. 13-3096