DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado de Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Ser COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial.
SEGUNDO: INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano RONNYS RANDY MONTAÑO RON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.025.350, debidamente asistido por el abogado MIGUEL AUGUSTO FRANK BARRIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.620, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA (IAPOLEBNE), por resultar confuso e ininteligible, de conformidad con lo establecido en el articulo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....