El Tribunal vistas las anteriores exposiciones, declara embargado ejecutivamente el inmueble en el que nos encontramos constituidos, antes descrito en la presente acta, poniéndolo en posesión de la Depositaria Judicial del Caribe, C.A., en su Representante ciudadano Manuel Quintero, antes identificado, para su guarda y custodia. Se fijó el correspondiente Cartel de Notificación en la puerta principal del referido inmueble y se ordena oficiar al Registrador Subalterno respectivo una vez conste en autos los datos de registro correspondiente...
Estado Actual: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, anexo a Oficio N° 294 de fecha 27/9/2004, constante de 18 folios útiles