este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ordena agregar el presente escrito transaccional a los autos, y en consecuencia, examinados minuciosamente los términos del acuerdo transaccional celebrado por las partes, por cuanto el mismo es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea de las partes, tomando en cuenta que dicho acuerdo transaccional tiende a garantizar una armoniosa resolución de la controversia, de conformidad con lo previsto en el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente en su debida oportunidad.