ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, este Tribunal vista las circunstancias del hecho, señaladas por el Ministerio Público, y evidenciadas del expediente, acuerda decretar el PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así se decide. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación fiscal dada al delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO COMO AGENTE DETERMINADOR, previstos en el artículo 405 en relación con el artículo 406 numeral 1° y 83, todos del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Francisco Javier Cardona; y LESIONES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS EN GRADO DE COOPERADOR .....