DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por cumplimiento de contrato verbal, incoada por el ciudadano MANUEL DE JESÚS SALAZAR COELLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.817.668, y de este domicilio; contra la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA SAN JUDAS TADEO, C.A. Inscrita en el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial en fecha 24 de febrero de 2.006 y anotada bajo en N°.24, Tomo 5-A, en la persona de su presidente, Ciudadana NANCY ESTHER ARENAS TERAN, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E.- 81241.259, domiciliada en la Calle Principal de San Pedro de la isla de Coche del Municipio Villalba del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandante a cancelar las costas del presente juicio por h.....