DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD de convocatoria de asamblea, interpuesta por Ciudadana FLOR DE MARIA BENDEZU NEGRI, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.796.180, domiciliado en la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta; contra la Empresa Administraciones Pérez-Prado C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 14 de abril de 1990, bajo el N° 214, tomo 1, adiconal 4, actuando en su carácter de Administradora del Condominio Apartotel torre Margarita Primera Etapa, ubicado en la Avenida Santiago Mariño, de la Ciudad de Porlamar, estado Nueva Esparta.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria con lugar de la presente demanda, se declara la nulidad de todos.....