Decretar el PROCEDIMIENTO COMO FLAGRANTE  de conformidad con lo establecido en el artículo  557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en virtud de que el  mismo fue  aprehendido momentos en los cuales se estaba cometiendo los hechos precalificados tal como se expusiera antes. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación fiscal dada al delito como DISTRIBUCION DE SUISTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en al artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Tráfico Ilícito de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes, por las razones antes esbozadas. TERCERO: En relación a la solicitud de la medida cautelar, efectuada por la representación fiscal, se acuerdan con lugar, por cuanto de lo anteriormente analizado se observa que existen fundados elementos de convicción para estimar que el  adolescente imputado ha participado en la comisión del hecho punible anteriormente expuesto y siendo este uno de los delitos declarados por la Sala Cons.....