DECISION
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares, interpuesta el ciudadano HUMBERTO JESUS NORIEGA LAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 10.197.232, en la persona de su endosataria en procuración, ciudadana GRICELDA ELENA MARTINEZ CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 11.537.717, Abogada en Ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 59.466, domiciliada en Porlamar Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta; contra el ciudadano FELIX ANTONIO DUQUE TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 6.438.652, de este domicilio.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a la cancelación de las siguientes cantidades demandadas: 1) La cantidad de SEISCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES.....