MEDIDAS ALTERNATIVAS A LAS QUE OPTA: Según el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, previo el cumplimiento de los requisitos de ley podrá optar por las medidas alternativas de cumplimiento de pena, de acuerdo a lo siguiente:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte del tiempo de la condena, es decir 2 años , 6 meses, para lo cual optara el 24-2-2012.
REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte del tiempo de la condena, es decir 3 años, 4 meses , para lo cual opta desde el 24-12-2012.
LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 partes del tiempo de la condena, es decir, 6 años y 8 meses, para lo cual optará el 24-4-2016
CONFINAMIENTO: Previo cumplimiento de los requisitos de Ley, optará por esta gracia al cumplir las ¾ partes de la condena, es decir, 7 años, 6 meses, en fecha 24-2-2017.
Sitio de reclusión actual: Internado Judicial de la Región Insular del Estado Nueva Esparta.
Se ordena notificar a las partes, imponer al penado, y remitir copia certificada .....