UNICO: Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, y de LIBERTAD ASISTIDA, previstas en los artículos 624 y 626 "EJUSDEM", de manera simultánea, Sanciones que se imponen por el lapso de DOS (02) AÑOS, por las cuales el adolescente deberá: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA: 1).- Estudiar o trabajar, y acreditar su cumplimiento ante el Tribunal de Ejecución cada SEIS (06) MESES. 2) continuar viviendo en el domicilio aportado. 3).- Obligación de presentarse cada Quince (15) días ante el Tribunal de Ejecución de esta Sección Adolescentes, y 4).- Prohibición de permanecer fuera de su domicilio después de las Siete (07:00pm); y la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, consistente en la obligación de Someterse a la Asistencia, supervisión y orientación de Psicólogo ó Trabajador Social, adscrito a este Sistema Penal de responsabilidad del Adolescente, con la periodicidad de cada (15) días, quienes deberán remitir cada tres meses el informe r.....