En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Primera de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se ratifica la COLOCACIÓN FAMILIAR de los hermanos IDENTIDAD OMITIDA de 12 y 8 años de edad respectivamente, en el hogar de los ciudadanos SOLANGE MARIN y MARTIN RAFAEL CEDEÑO de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 397-A y -C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quienes serán su REPRESENTANTES tanto en las Instituciones Educativas como de Salud del Estado Nueva Esparta y /o del País, ya sean públicas o privadas, asimismo, podrán viajar con los expresados niños dentro del País. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia de Antimano, en la ciudad de Car.....