Por todos los raciocinios expuestos, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso De Apelación interpuesto por el profesional del derecho ÁNGEL FERNANDO ROSARIO CEDEÑO, en su condición de Defensor del acusado RADIL JOSÉ HENRIQUEZ FERNÁNDEZ, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida.
SEGUNDO: Se insta a la Jueza N° 01 del Tribunal de Juicio que una vez reciba la presente actuación fije el Juicio Oral y Público como un acto de responsabilidad y cuya fijación no colida en una fecha en la que esta previamente fijado otro, en consecuencia, se le exhorta a la Jueza, verificar en la brevedad posible para la celebración del debate, un espacio en la programación asentada en la Agenda Única llevada por los Tribunales que funcionan.....