DISPOSITIVA
Este Tribunal vistas las razones antes expuestas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo603 y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procede a decidir y lo hace en los siguientes términos: Primero: Vistos los elementos de convicción procesal , tomando en consideración el hecho delictivo, el daño causado a la colectividad, la comprobación del acto delictivo, la naturaleza y gravedad de los hechos, la edad y los resultados de los informes clínicos cursantes en autos hasta la fecha, siendo la oportunidad legal correspondiente para pronunciarse acerca de la responsabilidad del procesado en los hechos que en este acto le atribuye la representación fiscal, este tribunal encuentra culpable a IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado.....