Esta Jueza Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Mercy Betzabeth Granda Espinoza, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.407.586, debidamente asistida por la Abg. Juana Rosa Reyes Espinoza, Defensora Pública Primera de la sección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Nueva Esparta en beneficio de sus hijos. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Mercy Betzabeth Granda Espinoza, antes identificada, para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte que requieren los adoles.....