Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto en fecha dos (02) de junio del año dos mil ocho (2008), por la representante de la Defensa Pública Penal Sexta, Abogada YANETTE FIGUEROA ADRIÁN, a favor del acusado SIMÓN JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, fundado en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal y la consecuente libertad inmediata.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISIÓN JUDICIAL (AUTO) dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha veinte (20) de mayo del año dos mil ocho (2008), mediante la cual niega la Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Li.....