Esta Corte de Apelaciones, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los ciudadanos, HENRY RAMON DIAZ RODRIGUEZ y MILAGROS DEL VALLE ROJAS DE DIAZ, debidamente asistidos por la Abogada GREISSY SAYONARA MONTANER, Defensora Privada, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control Nº 01 del estado Bolivariano Nueva Esparta, de fecha 30 de octubre de 2015 y fundamentada en fecha 03 de noviembre de 2015, mediante la cual, decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVATIVA DE LIBERTAD. SEGUNDO: Se declaran INADMISIBLES el medio de prueba ofrecido por el recurrente TERCERO: Como consecuencia de la admisión del presente recurso este Tribunal Superior, resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada, dentro