Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Acuerda SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR UNA MEDIDA POR UNA MENOS GRAVOSA a favor del ciudadano acusado FELIX OSCAR SALAZAR, venezolano, natural de la Isla de Coche, Estado Nueva Esparta, fecha de nacimiento 09/02/1987, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.898.498 residenciado en el sector Las Casitas Valle Seco, casa Nro. 32 de color anaranjada, cerca del muelle, Isla De Coche, Estado Nueva Esparta, y en consecuencia, le impone las obligaciones de presentarse cada Ocho (08) días por ante la oficina del alguacilazgo, prohibición de salida del estado Nueva Esparta y prohibición de acercarse a la victima, de conformidad con el artículo 256 ordinales 3°, .....