VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Una vez admitida totalmente la acusación, así como los medios de prueba, presentados por la Representación del Ministerio Público, en contra de los Ciudadanos Yorwuin José Henríquez Guerra, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.995.026, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, edad 21 años, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero y residenciado en Juangriego, calle principal de La Sabaneta, casa sin número, de color blanco, frente al taller, Municipio Marcano, estado Nueva Esparta y Anahy Del Valle Guerra, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.818.357, natural de Cumaná, estado Sucre, edad 40 años, de estado civil soltera, de profesión u oficio comerciante y .....